Beneficios

Sabías que contratando la Garantía con nosotros, tenes bonificados los primeros 6 meses del seguro de incendio!
(Beneficio tanto para inquilinos como para propietarios)
1
Fácil gestión
Esta ventaja es fundamental. Para tramitar una Garantía CONFIAR sólo necesita demostrar ingresos, que pueden ser del inquilino o de las personas que lo avalen. Muy simple y al alcance de todos.
2
Evite molestias
No necesita molestar y comprometer a familiares o amigos pidiéndoles una garantía propietaria.
3
Rapidez
Una vez completada una solicitud y su documentación, la Garantía CONFIAR se resuelve dentro de las 48 Hs.
4
Comodidad
Recibirá múltiples ofertas sobre el inmueble que desea alquilar, a través de las inmobiliarias adheridas al sistema, ayudando en su búsqueda y dejando de lado la enorme presión que significa conseguir una garantía para alquilar.
5
Soluciones instantáneas
Si la inmobiliaria con la que alquila no está adherida al sistema, nosotros podemos brindarle el asesoramiento necesario a la misma como así también al propietario del inmueble.
6
Sin gastos de administrativos
Durante la gestión de su Garantía CONFIAR no tendrá gastos de ninguna índole.
7
Financiación
El costo del servicio se abona por única vez al obtener la Garantía CONFIAR. Por ser nuestro cliente, dispone de planes de financiación. 
8
Confidencialidad
Nuestras Garantías son de índole privado y de carácter confidencial.
9
Seguridad
El liderazgo de CONFIAR entre los sistemas de Garantías para Alquilar, nuestra trayectoria, sumado al Fondo de Garantías, consolidan el aval​ de seguridad que nos respalda.
10
Confianza
Cientos de personas optan mensualmente por la Garantía CONFIAR solucionando sus necesidades para alquilar. Nuestro staff de profesionales acompaña amablemente a nuestros clientes en todo momento, facilitándoles el trámite y haciéndolos sentir cómodos y seguros.

 

 

Como adicional en todos nuestros contratos , cubrimos reparaciones y pintura del inmueble hasta el importe correspondiente a 1 mes de alquiler ! **

 

** Beneficio aplicable solo en caso de hacerse efectiva la ejecución de la garantía y el correspondiente desalojo del inquilino